Tiene las siguientes opciones:
Declaraciones telemáticas acceso directo a AEAT
Marque esta opción si desea que al pulsar el botón de presentación telemática en el modelo (111 ó 190) le lleve directamente al formulario del modelo en la web de la AEAT. Si no lo marca llevará a la pagina principal de la AEAT.
Declaraciones telemáticas nombres largos
Marque esta opción para que genere los ficheros de los modelos de IRPF en la carpeta \AEAT indicando en el nombre del fichero el CIF/NIF del cliente.
Para modelo 190 generará el fichero 190D25252525C y se grabará en el directorio \AEAT\2020 (del año de la declaración)
Revisar regularizaciones pendientes al entrar al programa
Parametrice esta opción si desea que le avise al entrar al programa de las regularizaciones pendientes a la fecha del sistema que es el mes activo en la pantalla principal por defecto.
% IRPF sin fechas de contrato
Una vez activada esta opción en el menú de Otros Procesos, en el cálculo de la Base estimada, no se tendrán en cuenta las fechas de fin de contrato ni las de las prórrogas, para el cálculo del porcentaje de IRPF, calculará los rendimientos hasta final de año o hasta la fecha de baja en la empresa si es anterior. En caso contrario, es decir, en el caso de que no se active ésta opción, por defecto, sí se tendrán en cuenta las fechas de Fin de contrato y de prórrogas para estimar rendimientos y gastos hasta la mayor de dichas fechas.
En todo caso, si el trabajador tiene fecha de baja no tendrá en cuenta la parametrización de otros procesos, pues toma la fecha de baja como fecha fin para el cálculo de las retribuciones y de los gastos deducibles.
ej. Si tiene marcado que sin fechas de contrato, aunque tenga fecha fin de contrato calculará los rendimientos estimados hasta final de año, sin tener en cuenta la fecha fin de contrato y/o prorroga (porque considere que va renovarle el contrato).
Se aconseja tener marcado calcular sin fechas de contrato porque a priori puede ser que no se tenga conocimiento de si se va a renovar o prorrogar los contratos temporales, y así evitar la subida de tipo de retención brusca si se produce la renovación, porque se elevan mucho las retribuciones.
Regularización de Diciembre con causa 99
Si marca esta opción regularizará a los trabajadores con esta causa si no tienen indicada una expresamente en el mes de diciembre.
El programa en cada regularización calcula la causa de la regularización (ej. si ha habido subida salarial pone causa 1, si ha habido cambio en la situación familiar pone causa 2…), pero si tiene marcada esta opción no calcula la causa de regularización y pone directamente la 99, esta causa pretende recuperar retenciones no practicadas o practicadas de forma irregular, y no aplica la limitación del articulo 85 de que el incremento de cuota no puede ser superior al incremento de base.
Esta causa no existe en el cálculo de la AEAT, es parecida a la causa 11 si no aplica deducción por pagos Préstamo Vivienda, la causa 11 pierde la deducción por vivienda aplicada anteriormente y solo la aplicaría a partir de la regularización si tiene marcado el check de que realiza pagos por préstamo vivienda.
No regularizar si no han habido cambios
Si marca esta opción, y en el momento de la regularización, el programa detecta que no ha habido variación de datos económicos, ni de cambio de la situación familiar, da un mensaje al final indicando que no se ha regularizado por no existir variación de datos.
Si no está marcado, ante esta situación, aun si no ha habido variación de datos, regulariza con causa 99, por si en algún momento se le ha retenido mal al trabajador.
Ej. que en algún mes se le ha aplicado un porcentaje inferior, porque antes el trabajador tenía indicado tipo de calculo manual, y quiere regularizar sin perder el derecho de aplicación de la minoración por pagos a cuentas vivienda.
Recuerde que la causa 99 de regularización no existe en el algoritmo de cálculo de la AEAT, que es una causa que hemos generado para intentar regularizar al trabajador que se le ha retenido mal por algún motivo (se creo a petición de los asesores de laboral).
Cambiar el tipo de cálculo de IRPF
Esta pantalla sirve para hacer un cambio a varios trabajadores del tipo de calculo que tiene asignado en la ficha del trabajador.
Indique el intervalo de empresas, o bien intervalo de trabajadores si indica una sola empresa.
Marque el tipo o los tipos de cálculo que tienen los trabajadores y que desee cambiar, a continuación seleccione a que tipo al que desea cambiarlos y pulse aceptar.
En el ejemplo anterior cambiará a todos los trabajadores del intervalo indicado de tipo de cálculo trimestral y les indicará tipo de cálculo 1. Automático.