LEY 31/2022. Disposición adicional nonagésima primera. Reducción de cuotas a la Seguridad Social
en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel
Para contratos indefinidos, a tiempo completo, tiempo parcial o fijos discontinuos, por cuenta ajena del Régimen General, que causen alta o estén en alta a la entrada en vigor de esta ley, excluidos los sistemas especiales, durante toda la vigencia del contrato de CCC en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel se le aplicará las siguientes reducciones:
- Un 5 por ciento de la aportación empresarial por contingencias comunes, respecto de las personas trabajadoras cuya alta, o variación de datos, con el contrato indefinido se haya producido con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
- Un 15 por ciento de la aportación empresarial por contingencias comunes, respecto de las contrataciones cuyo inicio de actividad se produzca a partir de la entrada en vigor de la presente ley, si el municipio declarado por la empresa como lugar de la actividad, en la solicitud de asignación de CCC, cuyo padrón municipal sea igual o superior a 1.000 habitantes.
- Un 20 por ciento de la aportación empresarial por contingencias comunes, respecto de las contrataciones cuyo inicio de actividad se produzca a partir de la entrada en vigor de la presente ley y tengan un padrón municipal de menos de 1000 habitantes.
Consultar las requerimientos para ser beneficiario de estas reducciones en la propia Ley.
No se aplica a los sistemas especiales del SEA, Hogar, Artistas, Taurinos ni Régimen del Mar.
Actuaciones en el ámbito de afiliación según se detalla en Noticias RED:
No se precisa la realización de ningún tipo de actuación específica para la aplicación de las reducciones de cuotas a las
que se refiere el número Uno de la DA 91ª de la LPGE para 2023.
Las reducciones de cuotas se aplicarán de oficio respecto de los trabajadores y CCC en los que concurran las condiciones
establecidas en la citada DA.
Tratamiento en el programa:
Pantalla empresas:
Para empresas con domicilio en estas provincias, se habilita un campo en pestaña ‘Otros Datos’, campo Municipio < 1000 habitantes. Marque este campo en aquellas empresas que pertenezcan a estas provincias y que tengan un padrón municipal de menos de 1000 habitantes.
Pantalla empleado:
En pestaña bonificaciones, si la empresa es de alguna de estas tres provincias se habilita un campo que muestra el porcentaje de reducción aplicable a cada trabajador con contrato indefinido, en pestaña Bonificaciones, en el apartado Otras Bonificaciones:
A las contrataciones indefinidas existentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley (contratos 1xx, 2xx ó 3xx) se aplica 5%. El programa le asigna este valor a los trabajadores con contrato indefinido que tenga en alta a 1 de enero 2023 al instalar la versión 23.1.0.
Para nuevas contrataciones indefinidas, al dar de alta el trabajador si el campo Municipio<1000 hab (en pantalla empresa, pestaña Otros datos) si está desmarcado cargará en empleado un 15%, si está marcado grabará un 20%.
Este valor es mensual y se traspasa automáticamente a los meses siguientes al calcular la nómina.
En caso de perder el derecho de aplicación de esta reducción deberá modificar el valor del % Red Cta CC y dejar en blanco este campo en el mes que no se aplique, para aquellos empleados a los q no se le aplique.
Al calcular la nómina, aplicará el porcentaje aquí indicado a la cuota de contingencias comunes y se visualizará en la nómina en el apartado Bonificaciones/Reducciones una vez que haya calculado el seguro social.
En el seguro social TC1 se sumará a la casilla 209 Reducciones de Contingencias Comunes.
En los informes se sumará a las bonificaciones/reducciones que tenga el trabajador.