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DIT. Parte de Incapacidad Temporal

Jun 4, 2021 | Empleados, Informes y Documentos Oficiales

Los ficheros para comunicar las incapacidades temporales a la TGSS son los FDI, para la confección de estos ficheros se requiere una información que se detalla en el parte de IT (DIT. datos de la it).

Se accede a esta pantalla desde la pantalla de IT (incapacidades temporales) a través del botón @.

En esta pantalla aparecen los avisos generados al introducir una IT, así como los agregados manualmente. Seleccione el que desee y pulse el botón editar, que abrirá el formulario asociado, para introducir los datos necesarios, para el envio de partes de IT al INSS a través del sistema RED (aparecerán tanto los de enfermedad como los de accidente).

Al introducir la IT correspondiente, enfermedad o accidente común, maternidad, riesgo durante el embarazo, accidente de trabajo o enfermedad profesional le genera automáticamente un aviso para poder elaborar el fichero correspondiente para el envío al INSS, de la siguiente forma:

Al introducir la IT y poner fecha de baja genera el aviso de parte de baja de IT correspondiente:

PEC: para enfermedad y accidente común.

PAT: para accidente de trabajo y enfermedad profesional. (en este caso hay que enviar ficheros al sistema Delt@ y ficheros al INSS)

Al introducir la IT y poner fecha de alta genera el aviso de parte de alta de IT correspondiente:

AEC: para enfermedad y accidente común.

AAT: para accidente de trabajo y enfermedad profesional. En este caso hay que enviar ficheros al sistema Delt@ y ficheros al INSS.

También se genera un PEC en caso de introducir una maternidad/paternidad, para realizar la anotaciones del certificado de maternidad o paternidad, acciones ACM y ACP (según el sexo del trabajador).

Los avisos correspondientes a los partes de confirmación de la baja deberá introducirlos manualmente con la fecha de confirmación, e indicarle esta pantalla el número de parte que es.

CEC. Parte de confirmación de enfermedad o accidente común

CAT. Parte de confirmación de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Todos los partes necesitan tener asociada una IT porque hay datos que se obtienen de dicha pantalla (incidencias) y calcular la nómina del mes de la baja para obtener los datos económicos.

Si borra la it asociada a algun parte de baja, alta y/o confirmación, éstos avisos se borrarán al realizar dicho proceso de borrado de it.

Partes de Baja:

Necesita obligatoriamente los campos de F.Baja, la contingencia, días posibles de la baja (días o meses), la fecha AT o EP (en caso de accidente), el número de colegiado y/o CIASS, días cotizados y los datos económicos de bases de cotización distintas, en función de que se trate de un trabajador a Tiempo Completo o a Tiempo parcial. Indique SI en el campo recaída, en caso de que se trate de una recaída de una ite anterior (en este caso los datos económicos que deben aparecer son los la it origen de la incidencia).

Sólo el parte de baja necestita ser editado para obtener todos los datos a comunicar.

Partes de confirmación de la baja:

Necesita los datos de F.Baja, contingencia, Fecha del parte ( fecha del aviso) y el número de parte, por lo que no lleva asociado documento, porque todos los datos necesarios se encuentran en la pantalla de ites y en el aviso generado manualmente. (pero si requieren que exista editado el parte de baja).

Partes de Alta:

Necesita obligatoriamente la F.Baja, contingencia, causa del alta, fecha de alta y el número de colegiado y/o CIASS. No rellenar ningún dato adicional.

Los datos económicos se calculan en la nómina y tiene en cuenta si el historial del trabajador tiene dos fichas distintas (por cambio de contrato u otro motivo) en el periodo que tiene que leer los históricos (un mes para tiempo completo o tres meses para tiempo parcial) por este motivo debe calcular la nómina del mes de la baja (y por supuesto de los meses anteriores) para emitir el modelo.

Modelos FDI, se utilizan los formularios publicados en el BOE de fecha 20/06/2015 y se pueden editar, listar y envíar por asesoriaweb en PDF:

DIT. Baja y Alta de IT

DIT. Parte de Confirmación tienen mucha mas información pero es necesaria para el nuevo formato de fichero FDI.

Los recuadros verdes son los que debe cumplimentar obligatoriamente para generar el fichero.

Envío ficheros FDI a TGSS:

En un mismo fichero puede enviar varios partes de alta, baja, confirmación de varias empresas, siempre que se cumplan los plazos de comunicación. Para ello seleccione los que desee enviar conjuntamente y pulse el botón de generación del fichero @

A continuación pulse el botón de winsuite o Siltra (si está en sistema de liquidación directa) para proceder a validar y enviar el fichero generado.

Se informa que a partir de 1 de enero de 2013, será de cumplimentación obligatoria los dos dígitos correspondientes a la provincia en la cual el médico que emite la baja ejerce su actividad tanto en la transmisión de partes de baja, confirmación o alta médica de incapacidad temporal (IT).

El espacio destinado a la provincia de ejercicio (dos dígitos) coincide con las dos primeras posiciones del espacio reservado actualmente a la identificación del colegiado que emite la baja (provincia de ejercicio/provincia de colegiación/número de colegiado/digito de control).

En dicho espacio se deberá consignar en cualquier caso el código correspondiente a la provincia en la cual el médico que emite la baja ejerce su actividad, que evidentemente deberá coincidir con la provincia en la que tiene fijado su domicilio a efectos sanitarios el trabajador o la trabajadora, tal como en la actualidad hasta 31 de diciembre de 2012, se contempla en aquellos casos en que se opta por transmitir el identificador del médico que expide la baja, cuando no se opte alternativamente por comunicar el código CIASS.

Por tanto, una vez introducida esta modificación será obligatorio, junto con la transmisión de la provincia de ejercicio en cualquier caso (nueva validación), además la transmisión del numero de colegiación del facultativo medico o alternativamente el código CIASS.

En caso de omitirse la cumplimentación del código correspondiente a la provincia de ejercicio cuando la transmisión de los partes de IT se realice por el sistema de Remesas (fichero FDI), automáticamente se devolverá un mensaje de error (D1 – Prov. ejercicio coleg. obligatoria) que impedirá la grabación del parte correspondiente en las base de datos corporativas de la Seguridad Social. Cuando se opte por la transmisión del parte de IT individualmente por el sistema online, no se podrá continuar con el proceso de transmisión del mismo (circunstancia anunciada en mensaje emergente).

Una vez que ha introducido los datos seleccione aquellos que desea que se incluyan en el mismo fichero y pulse el botón de Sistema RED-Cendar para generar el/los ficheros a enviar.

La winsuite antes de realizar el envío, valida el campo número de colegiado, si usted no lo conoce indique el valor correspondiente según provincia de la siguiente tabla:

Nota importante del número de colegiado:

Debe indicar la provincia donde ejerce+provincia del num colegiado+numero de colegiado total 10 dígitos (2+2+6).

01 Alava 01 999991
02 Albacete 02 999992
03 Alicante 03 999993
04 Almería 04 999994
05 Avila 05 999995
06 Badajoz 06 999996
07 Baleares 07 999997
08 Barcelona 08 999998
09 Burgos 09 999990
10 Cáceres 10 999991
11 Cádiz 11 999992
12 Castellón 12 999993
13 C. Real 13 999994
14 Córdoba 14 999995
15 Coruña, 15 999996
16 Cuenca 16 999997
17 Gerona 17 999998
18 Granada 18 999990
19 Guadalajara 19 999991
20 Guipúzcoa 20 999992
21 Huelva 21 999993
22 Huesca 22 999994
23 Jaén 23 999995
24 León 24 999996
25 Lérida 25 999997
26 Rioja, La 26 999998
27 Lugo 27 999990
28 Madrid 28 999991
29 Málaga 29 999992
30 Murcia 30 999993
31 Navarra 31 999994
32 Orense 32 999995
33 Asturias 33 999996
34 Palencia 34 999997
35 Palmas, Las 35 999998
36 Pontevedra 36 999990
37 Salamanca 37 999991
38 S.C. Tenerife 38 999992
39 Cantabria 39 999993
40 Segovia 40 999994
41 Sevilla 41 999995
42 Soria 42 999996
43 Tarragona 43 999997
44 Teruel 44 999998
45 Toledo 45 999990
46 Valencia 46 999991
47 Valladolid 47 999992
48 Vizcaya 48 999993
49 Zamora 49 999994
50 Zaragoza 50 999995
51 Ceuta 51 999996
52 Melilla 52 999997

Consulta a TGSS de cuando hay que mandar un FDI y cuando un PIT:

Las situaciones de IT del trabajador siempre deben informarse mediante el envío de un fichero FDI, esto nunca puede faltar y el destinatario de estos ficheros
es el INSS.

En circunstancias normales, el INSS traspasa poco tiempo después esta información a la Tesorería General de la S.Social -TGSS- que la necesita para realizar un calculo correcto de la cotización del trabajador.

En el caso de que al enviar la empresa al mes siguiente los seguros sociales del trabajador, la TGSS no pueda realizar un calculo correcto porque aún no ha recibido del INSS la información sobre su situación de IT, entonces el empresario puede enviar la información a la TGSS en un fichero AFI con su segmento PIT.
Pero el envio de este AFI a la TGSS no exime nunca de la obligación de enviar el FDI al INSS.


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