1–Desde EMPRESA:
1º- Pestaña «Seguridad Social» :
en el campo Régimen hay que seleccionar: General/Otros
en el apartado» Indicadores» :poner en campo ‘Código Régimen FAN: 0138
2º- Pestaña «General» : poner en CNAE ,9700 para la aplicación de los porcentajes de IT e IMS
2- Desde EMPLEADO:
Pestaña» Cotización/ IRPF«: indicar la base de cotización mensual que le corresponde en función de las Retribuciones Integras. Debe indicar la base comunicada a la TGSS en el modelo TA0138.
3- En cuanto a retenciones IRPF: al ser satisfechos los rendimientos del trabajo por una persona física en un ámbito particular (es decir, no empresarial ni profesional) y residente en territorio español, no procederá la práctica de retenciones sobre los rendimientos que las personas físicas satisfaga a su empleado del hogar, por lo que —evidentemente— aquél queda al margen de las obligaciones formales y materiales que la normativa establece para los obligados a retener o ingresar a cuenta.
4-Los trabajadores empleados de hogar no cotizan por desempleo, Fogasa (hasta septiembre 2022), ni Formación Profesional , hay que introducir dichas exenciones desde Menú principal -General -Exenciones en la cotización :
A partir de octubre 2022 sólo se debe indicar exención de FP.